En caso de que haya hijos
A no ser que el deseo de la pareja sea casarse por la Iglesia, el primer matrimonio no afecta en el segundo a no ser que haya hijos de por medio. En este caso, hay puntos que es conveniente tener en cuenta. Los matrimonios que deciden casarse en régimen de gananciales estarán sujetos a este incluso después del divorcio, ya que el patrimonio del nuevo matrimonio podría verse afectado si uno de los contrayentes deja de abonar la pensión de los hijos. Para proteger ese nuevo patrimonio, muchas personas que optan por segundas nupcias eligen la separación de bienes.
Otro de los supuestos es que uno de los nuevos contrayentes, por ejercer la custodia de los hijos, conserve una casa del matrimonio anterior, de la que el anterior cónyuge es copropietario, y además ostente la custodia exclusiva de los hijos. En este caso, la pensión de esa persona de cara a la manutención del hijo podría verse reducida.
Documentación y papeles necesarios para casarse por lo civil
El primer paso es acudir al Registro Civil para abrir el proceso legal, ya se celebre en un ayuntamiento o en juzgado. Según los artículos 240 y 241 del Reglamento del Registro Civil, las personas deberán aportar una serie de papeles y documentación, dependiendo de las circunstancias.
Se pueden dar 4 casos distintos que influirá en presentar unos papeles u otros: que la persona sea soltera, divorciada, viuda o extranjera.
Documentación para personas Solteras
Las personas solteras deberán aportar:
- Menciones de identidad de los contrayentes, incluso la profesión.
- Certificado de nacimiento (de un año de antigüedad como máximo).
- Certificado de residencia o empadronamiento de los dos últimos años (máximo tres meses de antigüedad).
- La fe de vida y estado, expedido por el Registro Civil del lugar de residencia (que no supere los tres meses de antigüedad).
- Fotocopias del documento nacional de identidad de los dos contrayentes y de los testigos.
- Prueba de emancipación, si fueran personas emancipadas. En este apartado, es importante recordar que no es necesario emancipar a los menores de dieciséis años.
- Declaración de que no existe impedimento para que se celebre ese matrimonio.
Documentación para personas Divorciadas
Las personas que no son solteras, sino que son divorciadas tienen que aportar los mismos documentos que las personas solteras, pero hay que añadir un certificado de matrimonio con inscripción del divorcio o de nulidad matrimonial del Registro Civil del lugar de celebración del matrimonio (que no supere el año de antigüedad).
Documentación para personas Viudas
Las personas viudas tienen que presentar la misma documentación que los solteros, pero además deben añadir un certificado de matrimonio y el certificado de defunción del cónyuge anterior. Estos dos últimos documentos no podrán superar el año de antigüedad.
Si existe una pensión compensatoria hacia el cónyuge + viudedad
La pensión compensatoria que recibe un cónyuge por parte del antiguo desaparecería si el primero vuelve a casarse. Y en caso de fallecimiento de una persona que se había casado por segunda vez, y cuya expareja recibía una pensión compensatoria, esta última recibiría esa cuantía por parte del Estado, mientras que la nueva mujer (y viuda) recibiría el resto de la pensión de viudedad.
Si tu primer matrimonio ha terminado (por la razón que sea) y te has vuelto a enamorar, ¿por qué no volver a dar el “sí, quiero”? Eso sí: ¡lee la letra pequeña antes de lanzarte a la aventura!
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¿Cuántas veces se puede casar una persona por la Iglesia Católica?
La Iglesia Católica tiene una postura muy particular y tradicional sobre el matrimonio. De acuerdo con el Catecismo de la Iglesia Católica, el matrimonio es un sacramento que una vez contraído de forma válida y consumado, es indisoluble. Esto significa que, según las enseñanzas católicas, una persona solo puede casarse una vez. Sin embargo, existen ciertas excepciones y situaciones que podrían permitir a una persona casarse más de una vez en la Iglesia Católica. Antes de adentrarnos en estos detalles, es importante entender la visión de la Iglesia sobre el matrimonio.
El Matrimonio en la Iglesia Católica
Para la Iglesia Católica, el matrimonio es un sacramento, es decir, un signo visible de la gracia de Dios. En el matrimonio, un hombre y una mujer forman una unión íntima y exclusiva, en la que se prometen amor y fidelidad mutua para toda la vida. Esta unión es ordenada hacia el bien de los cónyuges y la procreación y educación de los hijos.
Dicho esto, veamos las excepciones y situaciones que podrían permitir a una persona casarse más de una vez en la Iglesia Católica.
Excepciones y situaciones para casarse más de una vez en la Iglesia Católica
1. Anulación del matrimonio: La Iglesia puede declarar que un matrimonio es nulo, es decir, que nunca existió en el sentido sacramental. Esto podría suceder si se demuestra que existían impedimentos en el momento de la boda, como la falta de consentimiento libre y consciente. Si se concede una anulación, ambas partes son libres para casarse nuevamente en la Iglesia.
2. Muerte del cónyuge: Si un cónyuge fallece, el otro queda libre para casarse de nuevo en la Iglesia. La Iglesia Católica reconoce que el vínculo matrimonial se rompe con la muerte, por lo que el cónyuge que sobrevive es libre de casarse nuevamente.
3. Dispensa Papal: En casos extremadamente raros, el Papa puede otorgar una dispensa para un matrimonio que ha sido válido y consumado. Esto es extremadamente raro y generalmente solo se otorga en circunstancias muy específicas y excepcionales.