Volver a casarse en España: Guía para divorciados y requisitos legales

Bienvenidos al artículo sobre una temática que cada vez se hace más común en España: volver a casarse después del divorcio. Este es un tema que, sin duda, genera controversia y opiniones encontradas. Por un lado, están quienes creen que el matrimonio es sagrado y que, por tanto, no debería haber segundas oportunidades. Por otro lado, están quienes piensan que el amor es más fuerte que cualquier obstáculo y que merece la pena intentarlo de nuevo.
En este artículo, analizaremos los pros y contras de volver a casarse después de un divorcio en España. Hablaremos de las diferentes situaciones que pueden darse en estos casos, de los requisitos legales necesarios para volver a casarse y de los sentimientos que pueden surgir en una situación así. ¡Adelante, acompáñanos en este interesante recorrido lleno de reflexiones y descubrimientos!
¿Cuánto tiempo se tarda en hacer todos los trámites del matrimonio civil?
Realmente, no hay un plazo definido para los trámites matrimoniales que esté fijado por la ley. Siempre dependerá de la disponibilidad del Registro Civil, la documentación de los contribuyentes y de la necesidad o no de publicar edictos.
Normalmente, este plazo es aproximadamente de 30 y 50 días. Sin embargo, en una Notaría es todo más rápido porque trabajan de lunes a viernes, por la mañana y por la tarde.
¿Qué son los Edictos del matrimonio civil?
Los edictos son publicaciones de noticias cuyo objetivo es anunciar el futuro matrimonio civil con la finalidad de que, si hay alguien que conoce algún impedimento para llevar a cabo su celebración, pueda comunicarlo dentro de un plazo determinado y por los medios correspondientes.
Es necesario que se publique un edicto durante quince días si la población donde han residido los contrayentes en los dos últimos años tiene menos de 25000 habitantes censados, o que correspondan a la circunscripción de un Consulado español con menos de 25000 personas en el Registro de Matrícula.
En aquellas poblaciones de más de 25000 habitantes, este trámite de publicación de edictos se sustituye por la audiencia de un pariente, amigo o conocido de uno o de ambos contrayentes. Será el instructor del expediente quien se encargue de escoger a esta persona, quien se encargará de manifestar su convencimiento de que el matrimonio no incurre en ninguna prohibición legal.
