Jonás Navarro Caballo
No hay ningún inconveniente en que busque usted trabajo, y la empresa no puede sancionarle por ello de ninguna manera. Teniendo en cuenta el motivo de su baja, y que probablemente el origen del mismo es la empresa, cuando encuentre trabajo, y antes de darse de baja voluntaria en la empresa, le recomiendo que valore interponer una demanda de extinción por vulneración de derechos fundamentales. Llegado el caso, estoy a su disposición para asesorarle respecto de esa vía. Un saludo
Abogado de Terrassa especializado en Derecho del Trabajo
Buscar puede buscar, es libre de hacerlo, pero por supuesto que no puede empezar a trabajar en ningún otro sitio estando de baja. En relación a las represalias, un despido objetivo no estaría justificado en este caso. Más bien un disciplinario por quebrantamiento de confianza o transgresión de la buena fe, pero tampoco lo acabo de ver porque al fin y al cabo Ud. no trabajaría sino que solo se plantea hacer entrevistas para cambiar de trabajo. No se preocupe por las represalias.
Baja médica: ¿recuperarse o seguir trabajando?
El estado de incapacidad temporal es incompatible con la realización de cualquier actividad remunerada. Tengamos en cuenta que esta inactividad al estar de baja laboral es «compensada» con una prestación.
La realización de actividades por cuenta propia o ajena durante una situación de baja médica supone una transgresión de la buena fe contractual. Esto se debe a que durante la incapacidad temporal se deben seguir rigurosamente todas las indicaciones médicas con el fin de acelerar la recuperación.
Por ello, trabajar estando de baja significa un incumplimiento contractual grave y culpable ante la empresa por la que puede ser despedido. Igualmente es causa de que se suspenda la prestación por incapacidad temporal.
Esta premisa también se extiende en caso de pluriempleo. Si se trabaja en más de una empresa, se deberá presentar la baja en ambas empresas y detener la actividad. De darnos de baja en una y en otra no, podemos ser acusados de fraude a la Seguridad Social.
La penalización de los contratos temporales de menos de 30 días se incrementa a 31,22 euros
🟩 El Gobierno ha aumentado de 29,74 a 31,22 euros la cotiz
Abogado contrataciones Barcelona - Xavier Pineda Buendia
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
Nada le impide buscar un nuevo empleo, de hecho, las personas que están trabajando pueden estar realizando una búsqueda activa de empleo. Ahora bien, tiene que tener en cuenta que mientras se encuentre en situación de baja laboral, NO puede realizar actividad alguna ni por cuenta ajena ni por cuenta propia, es decir, no puedes trabajar.
Si trabaja estando en situación de incapacidad temporal, la empresa podría sancionarle con un despido disciplinario por simulación de una baja laboral.
Ahora bien, habría que revisar las condiciones de su contrato y su puesto de trabajo para determinar que no tenga ninguna cláusula que le limite o le impida una actividad tras la empresa para la que trabaja actualmente.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor