¡Me voy a casar! ¿Qué pasa con mi VPO?

¿Quieres reagrupar a otros familiares?

En este artículo hemos visto las opciones para reagrupar a parejas en las tres formas posibles (matrimonio, pareja de hecho, pareja estable no registrada).

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Divorcio y VPO, ¿qué ocurre en estos casos?

Divorcio y VPO, ¿qué ocurre en estos casos?

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A veces ocurre. Ocurre que un matrimonio feliz deja de serlo y se tiene que poner punto y final a la unión. Es el momento, entonces, de deshacer todos aquellos vínculos posibles. Hablamos, por ejemplo, de la vivienda.

Durante 2014 se presentaron 126.400 demandas de divorcios en los juzgados de España, según estadísticas del Consejo General del Poder Judicial, un 7,2% más que durante 2013. Solo en el primer trimestre de 2015 se registraron 33.009 demandas y a finales de 2020 se contaban más de 90.000 solicitudes.

Como se ha dicho antes, la vivienda es uno de los asuntos que más trastornos puede causar a la hora de plantear un divorcio, quizá más en caso de tratarse de una Vivienda de Protección Oficial (VPO). Cuando los cónyuges -que ahora quieren dejar de serlo- residen en una VPO en propiedad en la que ambos son titulares de dicha vivienda, una posible solución para disolver este vínculo y dejar de ser propietarios es la venta del inmueble a un tercero o bien que se produzca una extinción de condominio. Pero, en el caso de las VPOs, la venta se complica

Me quiero casar por la iglesia, pero no estoy bautizado.

pareja tomada de las manos

El primer paso para la iniciación de una vida apegada a la religión católica es el bautismo. El ritual consiste en sumergir a la persona en el agua para que se purifique y quede libre del pecado original y se convierta en hijo de Dios. De ahí su importancia y que sea uno de los principales requisitos a prever, antes que cualquier otro detalle sobre la boda.

  1. 1. Por un matrimonio mixto, es decir, cuando alguno de los miembros de la pareja está bautizado bajo otra religión.
  2. 2. Existe disparidad de culto, que es cuando el matrimonio se da entre una persona católica y una no bautizada.

De acuerdo con el derecho canónico, en el caso de un matrimonio mixto, la Iglesia exige que exista un permiso expreso del párroco, obispo o arzobispo de la jurisdicción a la que pertenezca el templo donde se van a casar. Esta se expide con mayor facilidad si el responsable conoce a la familia del novio o de la novia; es decir, si sabe de primera mano que asisten recurrentemente al templo o participan de alguna manera en sus actividades. La persona que no cumple con el sacramento deberá declarar, a través de una carta de compromiso moral, que se mantendrá cercano de la fe católica y que se comprometerá a bautizar y educar a sus hijos en el catolicismo.

En el segundo caso, el de la disparidad de culto, se pide a la autoridad religiosa del templo elegido una dispensa expresa de impedimentos para la validez de ese enlace. De igual manera, deberán comprometerse a que su matrimonio y su familia tengan como base la fe católica.

pareja de novios en sesión preboda con manos juntas

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