Trámites para casarse por el juzgado
La ley española ordena que el matrimonio civil se celebre en una institución pública como el ayuntamiento o el juzgado que les toque a los contrayentes según su domicilio, ya que se considera un acto en el que se contraen compromisos legales. De hecho, casarse por lo civil implica cumplir con el Reglamento de la Ley del Registro Civil.
Si alguno de los contrayentes reside en otro lugar diferente: la ratificación y la audiencia reservada se pueden hacer en el Registro Civil español, por medio de poder especial o en el Registro Civil de donde viven, tal y como dice el artículo 246 del Reglamento del Registro Civil.
Además, debes saber que:
- Las personas encargadas de oficiar la ceremonia son el juez o la jueza de paz si se hace a través del juzgado, alcalde, alcaldesa o cualquier concejal, si se hace en el ayuntamiento y notario si se realiza en notaría.
- Es gratuito hacer la apertura y tramitación del expediente matrimonial en el Registro Civil.
- En ambos lugares, los testigos son necesarios porque tienen que dar fe de que ninguno de los contrayentes se casa en contra de su voluntad.
Una vez se tramita toda la documentación enumerada anteriormente hay que seguir los siguientes pasos, según el lugar en el que se decida llevar a cabo la unión.
Casarse por el Ayuntamiento
Los interesados o el Registro Civil tienen que trasladar la solicitud de celebración en el Ayuntamiento que les toque. Allí, también tendrán que abonar la tasa establecida pora la celebración. Una vez realizado el pago, habrá que poner fecha oficial a la celebración.
Casarse por el Juzgado
En primer lugar, hay que solicitar un impreso en el Juzgado de lo Civil o en el de Primera Instancia del lugar de matrimonio y rellenarlo. También habrá que pedir cita para presentar la documentación y que la juez o el juez autorice el matrimonio. Ese impreso, la documentación que se había presentado en el Registro Civil y una declaración jurada del estado civil de los contrayentes se tendrá que presentar en la fecha establecida. El día de la celebración del matrimonio, los testigos tendrán que presentar su documentación.
Celebración del matrimonio
Aunque los trámites burocráticos se lleven a cabo en el Registro Civil correspondiente o bien en una notaría, los contrayentes pueden decidir que, una vez listo el expediente matrimonial, el matrimonio civil se celebre en cualquier municipio ante:
- El/la Juez/a encargado/a del Registro Civil.
- El/la Juez/a de Paz.
- El/la Alcalde/esa del municipio donde se celebre el matrimonio.
- El/la Concejal/a en quien el alcalde o la alcaldesa del municipio donde se celebre el matrimonio haya delegado.
- Un/a Secretario/a judicial y un/a Notario/a.
El matrimonio religioso se celebrará en la parroquia de elección de los contrayentes, que puede ser la iglesia de vuestro barrio, la catedral de vuestra ciudad, la pequeña ermita del lugar de celebración del banquete. Vosotros decidís.
SESIÓN DE PAREJA EN EL PUENTE DE SAN MARTÍN Y EN EL VALLE
Una de las cosas por la que más me gusta trabajar como fotógrafo en Toledo es que está lleno de rincones increíbles donde poder hacer fotografías inolvidables. En este caso elegimos el Puente de San Martín y la zona del valle, donde subimos hasta la piedra del Rey Moro para despedirnos de las últimas luces de la tarde y ante unas vistas privilegiadas de la ciudad de Toledo, las fotografías no hace falta que os las imaginéis, aquí las tenéis.
Bueno pareja, quiero daros las gracias una vez más por confiar en mi trabajo para un momento tan especial de vuestra vida. Espero haber estado a la altura y sobre todo espero que pudieseis disfrutar de cada momento de ese día, para mí es lo más importante. ¡Un abrazo enorme!