¡Celebra tu Amor en Barcelona! Guía para una Boda Inolvidable en el Registro Civil

Ya no hay que pasar por el Registro Civil para casarse

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Las frecuentes demoras en unos registros civiles colapsados dejarán pronto de ser un obstáculo para obtener la documentación necesaria para casarse. A partir del 30 de abril, las notarías (3.000 en España, de las cuales 500 en Catalunya) quedarán habilitadas para tramitar el expediente matrimonial necesario para llegar a la boda.

La novedad llega tarde, después de varios aplazamientos, seis años después de que el matrimonio se pueda celebrar ante notario, pero supone una ventaja, en términos de tiempo y burocracia, para los ciudadanos. “Cuando el legislador confía en los notarios siempre conseguimos recortar enormemente los plazos. Tenemos una forma de trabajar más ágil de la que pueda ofrecer la Administración del Estado”, explica José Alberto Marín, decano del Colegio Notarial de Catalunya.

Los contrayentes podrán elegir tramitar el expediente matrimonial en una oficina del Registro Civil o agilizar el proceso en una notaría. Este trámite consiste en comprobar que la pareja reúne los requisitos de capacidad necesarios para contraer matrimonio (edad, inexistencia de un vínculo matrimonial previo), así como la carencia de impedimentos como parentesco, y en su caso la dispensa, o la inexistencia de otros obstáculos como el matrimonio con finalidades fraudulentas como la obtención de la nacionalidad, el permiso de trabajo o pensiones públicas. Una vez obtenido el expediente, la pareja puede casarse en la misma notaría, en un juzgado, un ayuntamiento o celebrar una ceremonia religiosa.

EFECTOS DE LA PANDEMIA

Por primera vez los notarios registraron en el 2020 más rupturas que bodas

La ventaja es que la extensa red de notarías existente puede acelerar el proceso de forma notable. El problema, que quedará resuelto en las próximas semanas, según Marín, es que en este momento el Ministerio de Justicia todavía no ha habilitado los canales informáticos necesarios para que los notarios puedan acceder a todos los datos del Registro Civil de los contrayentes. De manera que, transitoriamente, todavía habrá que acudir al Registro para obtener documentos necesarios para el expediente matrimonial como el certificado de nacimiento.

Con la habilitación para el expediente se cierra el círculo matrimonial para las notarías, que pueden celebrar la boda y autorizar divorcios y separaciones en el caso de parejas sin hijos menores de edad y sin litigios judiciales.

Paralelamente, los notarios incorporarán al expediente matrimonial la vecindad civil de los contrayentes, básica para conocer qué legislación de las coexistentes en España se les aplica, y también concretarán el régimen económico matrimonial que regirá el matrimonio. “Una de las cuestiones más importantes cuando uno se casa son las económicas, de quién son los bienes y de quién son las deudas. Vamos a hacer que esto conste en el Registro Civil, es un avance importantísimo en seguridad jurídica”, indica Marín.

Documentos necesarios para una boda religiosa

Si vais a celebrar una boda católica, lo ideal es que os acerquéis a vuestra parroquia y consultéis los requisitos que debéis cumplir, así como todos los documentos para boda religiosa que tenéis que presentar, pues aunque generalmente en todas las diócesis se solicitan los mismos trámites, pueden haber pequeños matices que el párroco os puede aclarar. Es importante destacar en ese punto que en las bodas religiosas los trámites suelen ser más ágiles que en las bodas civiles, ya que la iglesia se ocupa de toda la documentación legal.

Y ahora sí. En el caso de que hayáis decidido que la vuestra sea una boda religiosa católica, también deberéis iniciar un expediente matrimonial, para el cual tendréis que aportar estos documentos para boda por la iglesia:

  • Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de ambos.
  • Certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil de la localidad de nacimiento de ambos.
  • Partida de bautismo de ambos legalizada recientemente. Se solicita en la parroquia en la que cada contrayente fue bautizado.
  • Libro de Familia (en caso de tener hijos en común desde antes del 30 de abril de 2021, pues el Libro de Familia ha desaparecido como tal en formato físico desde esa fecha).
  • Un certificado de Fe de Vida y Estado (acredita el estado civil de cada uno).
  • Certificado de asistencia a un cursillo prematrimonial. ¿Queréis saber más sobre los cursillos prematrimoniales? En esta práctica guía respondemos todas vuestras dudas.

Trámites para casarse: novio y novia muy sonrientes mientras la última firma el acta matrimonial el día de su boda religiosa en el interior de la iglesia

Además de estos documentos para casarse en España por la iglesia, hay que tener en cuenta los que deberéis presentar en cualquiera de los siguientes supuestos:

Cómo casarse ante notario en Cataluña: precios y requisitos legales

Si estás pensando en casarte en Cataluña, una opción que puede interesarte es hacerlo ante notario. Este tipo de boda civil es una alternativa rápida y sencilla a las bodas tradicionales por lo civil o religiosas.

El precio para casarse ante notario en Cataluña oscila entre los 75€ y los 200€, dependiendo del notario que elijas y el lugar donde quieras celebrar la ceremonia.

Los requisitos legales para casarse ante notario son los mismos que para cualquier tipo de boda civil. Uno de los contrayentes debe ser español o residente en España, ambos deben tener capacidad para contraer matrimonio y no estar impedidos legalmente.

Una vez realizada la ceremonia, el notario se encarga de registrar el matrimonio en el Registro Civil correspondiente y proporcionar un libro de familia a los contrayentes.

Casarse ante notario en Cataluña puede ser una excelente opción si buscas una alternativa rápida y sencilla a las bodas tradicionales. Recuerda que siempre puedes contar con la ayuda de un profesional para guiar y asesorar en todo el proceso.

Certificado de defunción en Barcelona

Certificado Defunción

Para obtener el certificado de defunción en el Registro Civil de Barcelona, previamente debe haberse realizado correctamente la inscripción del fallecimiento, que es el medio por el que se testifica la muerte de una persona, especificando la fecha, hora y lugar del fallecimiento. La muerte produce efectos civiles desde que tiene lugar y para que éstos sean reconocidos es necesario inscribirla en el Registro Civil de Barcelona de defunciones.

Posteriormente, para realizar trámites con las compañías de seguros, para acceder a herencias o tramitar pensiones, se podrá solicitar un certificado de Defunción que será emitido por el Registro Civil.

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