"Permiso matrimonial en el Estatuto de los Trabajadores"

Que no te queden dudas al solicitar tus vacaciones por boda

Preparar la boda tiene un sinfín de ocupaciones que la pareja atienden para disfrutar del mejor día de su vida, entre esos está la luna de miel si trabajan y requieren de ese tiempo para descansar y extender la celebración como esposos hoy te ayudamos con todo lo que necesitas conocer para solicitar las vacaciones por boda.

Existen situaciones en la vida bien sea previstas o imprevistas en las que merecemos estar libre de ocupaciones laborales y el hecho de que te cases es uno de ellos, no sería nada justo compartir tu vida laboral con esta nueva hermosa etapa que vives.

Estas determinaciones no son determinadas por capricho del patrono o el empleador, la realidad es que legalmente si te casas la empresa dará lugar a un permiso de trabajo que te permite tu ausencia en el trabajo, sin perturbar tus ingresos.

Sin embargo, para disfrutar de este derecho tienes que cumplir con unos requisitos comunes que debes tener en cuenta para la solicitud, además la ley es específica en casos puntuales y para ello queremos asesorarte en este artículo.

Seguramente no tienes claro los derechos que te da esta norma como trabajador en España y caso contrario se te acercan varias interrogantes como cuando notificar a tu jefe inmediato, la retribución de los días de permiso, si será necesario entregar alguna documentación previa, entre otros te informamos al respecto para que no tengas inconvenientes.

Primero te adelantamos que en España, este derecho laboral está contemplado en el artículo 37 del estatuto de los trabajadores y es claro.

¿Qué tipos de permisos retribuidos hay?

El Estatuto de los Trabajadores (ET) regula un tipo de ausencias que no suponen una disminución del salario y a las que los trabajadores tienen derecho, que son los permisos retribuidos y las vacaciones anuales. A parte de estos, también encontramos los permisos no retribuidos, los cuales tienen que ser solicitados por el empleado y aprobados por su compañía.

Tanto unos permisos como otros se reflejan en el horario laboral de los trabajadores. Saber a qué circunstancia personal corresponde cada permiso es un tema importante y necesario para los empleados.

A continuación, explicamos a los empresarios y responsables de RRHH los tipos de permisos retribuidos que los empleados pueden solicitar y cómo afecta esto a la empresa. Además, podrás descargarte gratis nuestra guía del registro retributivo.

¿Cuál es la diferencia entre permiso retribuido y permiso no retribuido?

Los permisos no retribuidos son todas las ausencias de los empleados durante las que no perciben compensación económica. A diferencia de los retribuidos, no están regulados en el Estatuto de los Trabajadores, dependen del Convenio Colectivo o de la regulación propia de las empresas.

Ambos permisos son justificados, pero los no retribuidos suponen no cobrar salario por el día de ausencia.

Por este motivo, todos aquellos permisos que no estén contemplados en el Estatuto de los Trabajadores se considerarán no retribuidos, a menos que el Convenio Colectivo de cada empresa diga lo contrario o se lleve a cabo un acuerdo entre el empleado y el empleador.

Organiza tus vacaciones por boda

Ya sabes que puedes disfrutar de un permiso en el trabajo para las vacaciones por boda, pero seguramente empiezas a preguntarte de qué manera hacer la solicitar a la empresa y las condiciones que requieren este derecho.

La norma es clara y establece quince días de permiso, como te mencionamos anteriormente esta concesión es retribuida y un derecho protegido para los trabajadores, lo que queremos explicarte es que la ausencia temporal de tu puesto de trabajo no es causa para descontar tu falta a tus ingresos por salario siempre y cuando la empresa haya sido previamente notificada.

En cuanto al momento en el que puedes informar a la empresa que contraerán matrimonio, la ley no dispone el tiempo en el que la empresa debe tener conocimiento de tu casamiento, sin embargo, el Estatuto de los trabajadores si hace hincapié de que el trabajador debe informar previamente a su patrono de su boda.

Lo que te recomendamos en estos casos, es tener en cuenta tus obligaciones laborales y el compromiso que representa tu presencia en tu puesto y organizarte para que como mínimo 15 días antes del matrimonio tus superiores tengan conocimiento de tus planes y se organicen.

La manera de comunicarlo, tampoco es algo que especifica la ley, pero como queremos orientarte, lo mejor y apropiado es hacerlo por escrito en una carta donde especifiques fechas y la intención, aunque cada empresa con seguridad maneja estos procedimientos según su organización. Al término del permiso es posible que te soliciten la copia del acta de matrimonio para archivarlo.

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