¿Qué hay que hacer para casarse por lo civil?
En el matrimonio civil, así como en el religioso, se requiere de la gestión de unos trámites cuyo tiempo de resolución variará dependiendo del lugar de que se trate.
Es importante destacar que en el caso de una boda civil, tanto si se celebra en el ayuntamiento como si se celebra en el juzgado, es más sencillo llevar a cabo estos trámites porque en el matrimonio canónico se añaden, además, las amonestaciones o la realización de cursillos prematrimoniales.
Casarse por lo civil, conlleva cumplir con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley del Registro Civil.
Un ayuntamiento no puede embargar el dinero de las cuentas bancarias de otra Administración Pública
Sede del Gobierno de Murcia (Foto: La Verdad)
En esta ocasión analizamos la sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª) 120/2023 de 2 febrero RJ\2023\854, en la que se dilucida si una administración puede o no embargar el dinero de las cuentas bancarias de otra.
¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse el expediente para una boda civil?
La ley no dispone un plazo para la tramitación del expediente matrimonial. Todo dependerá de la carga de trabajo del Registro Civil o de la notaría, de la documentación que deban presentar los contrayentes y de la necesidad de publicar edictos o no.
Actualmente, en el Registro Civil el plazo está entre 30 y 60 días, aproximadamente, si bien es un plazo variable en función de cada oficina del Registro Civil. En las notarías, el plazo se acorta considerablemente.
Esperamos que el contenido de este artículo te haya resultado de ayuda.
Casarse por lo civil: ¿mejor en el Juzgado o en el Ayuntamiento? was last modified: marzo 17th, 2024 by Genealia
¿Cuánto cuesta casarse por lo civil?
Si quieres saber cuánto cuesta casarse por el juzgado, debes saber que la celebración del matrimonio civil en el Registro Civil es gratuita.
Casarse ante notario es más rápido que casarse en el Registro Civil o que casarse en el ayuntamiento. También en una notaría pueden llegar a tramitar más rápido el expediente. Aunque siempre depende del volumen de trabajo de la notaría y del Registro Civil en cuestión.
Pero también debes tener en cuenta que tendrás que pagar los honorarios del notario. Es decir, tendrás que añadir este gasto a tu lista de previsión de gastos de la boda. El gasto de la tramitación del acta previa matrimonial, si decides que se tramite en una notaría, así como el gasto por la celebración del matrimonio.
Por otra parte, la opción de casarse por el ayuntamiento a veces conlleva asociado el pago de una tasa, tal y como hemos comentado anteriormente. Lo ideal es preguntar en el ayuntamiento porque cada caso es distinto. Por ejemplo, en el Ayuntamiento de Madrid, el servicio de celebración de matrimonio civil en sábado por parte de las autoridades municipales competentes conlleva el pago de una tasa de 120 euros. Pero el resto de días de la semana no es necesario, actualmente, pagar ninguna tasa.
En el Ayuntamiento de Barcelona, por poner otro ejemplo, en los distritos y en el Saló de Cent el trámite es gratuito tanto por el uso del espacio como del personal municipal que participa en el acto. Pero el ayuntamiento informa que «la celebración de la boda en el Saló de Cent comporta unos gastos obligatorios, que deben abonarse a la empresa contratada, por los servicios audiovisuales de música y asistencia técnica como de dos azafatas para la atención a los novios e invitados, siendo el precio total vigente de 91 euros (servicio de azafatas) y 44,20 euros (servició de megafonía)» [copiado literal de su página web].
¿Cuándo es necesaria la publicación de edictos para casarse por lo civil?
Los edictos tendrán por finalidad la de anunciar el futuro matrimonio civil con el requerimiento público de que si alguien conoce algún impedimento en su celebración, lo comunique en el plazo y por los medios que se indiquen. Será necesaria la publicación de edictos por un periodo de 15 días en los siguientes supuestos:
- En aquellas poblaciones en las que hubiesen residido los contrayentes en los últimos 2 años y tengan censados menos de 25.000 habitantes.
- En las poblaciones de más de 25.000 habitantes el trámite de publicación de edictos se sustituye por la audiencia, al menos, de un pariente, amigo o conocido de uno u otro contrayente, escogido por el instructor del expediente. La persona elegida, deberá manifestar su convencimiento de que el matrimonio previsto no incurre en prohibición legal alguna.