Boda ante notario
Antes del 30 de abril de 2021 ya era posible en España casarse ante el Notario. El proceso, sin embargo, era diferente al actual. Antes para casarse ante un notario, los novios debían solicitar el expediente matrimonial ante el Registro Civil. Esto ahora ha cambiado.
Desde el 30 de abril de 2021, los novios pueden casarse ante el notario sin tener que solicitar el expediente matrimonial en el Registro Civil. Ambos trámites pueden ser solicitados directamente a través del Notario. Esto hace que el procedimiento sea mucho más cómodo y fácil para aquellas parejas que desean casarse por lo civil.
Ventajas de contraer matrimonio civil ante Notario
- Se ofrece una mayor agilidad en la gestión a realizar.
- Cuando la pareja solicita la cita el proceso es mucho más flexible y rápido y puedes obtener la cita con cierta inmediatez.
- De acuerdo al territorio donde desees contraer matrimonio civil, el costo es mucho más bajo.
- Puedes celebrar la boda civil fuera de la notaría. Esto si el notario está de acuerdo y previamente lo has pactado con él. Esta opción puede tener un costo extra.
- La celebración es mucho más íntima. Además, dependiendo de la notaría que hayas elegido, el notario podrá ofrecer opciones más amplias para elegir el día, la hora y el método de la ceremonia. Esto, claro está, dentro de sus límites.
Elegir a un Notario para realizar la ceremonia para contraer matrimonio civil es algo que suele ser muy personal por parte de los contrayentes. Este no deja de ser un acto que tiene independencia jurídica, pero que además conlleva implicaciones importantes de carácter emocional y familiar.
Casarse ante Notario abre opciones y existen muchas más posibilidades que facilitan la tramitación de todos los procesos para contraer matrimonio.
De nuestro post, Casarse ante notario. Guía Completa, lo más importante:
A partir del 30 de abril del presente año será posible casarse ante notario directamente.
Se necesitará, para poder iniciar el expediente matrimonial una solicitud ante el Colegio de Notarios quien asignará el notario que corresponda según el empadronamiento de alguno de los contrayentes, pero después de emitido el certificado de capacidad matrimonial, los contrayentes pueden elegir el notario que más les sea factible.
Para poder contraer matrimonio es importante aportar una serie de documentos, pues de no cumplir con los mismos, el trámite puede ser denegado.
Si uno de los cónyuges no es ciudadano español, es importante conocer que luego de procederse a la inscripción de ese matrimonio en el Registro Civil correspondiente, y siempre que se cumplan los requisitos y la documentación establecida por la ley, es posible optar por una residencia legal en España en los términos establecidos y posteriormente al año de residencia legal y continuada en España y, siempre que concurran el resto de los requisitos, puede solicitar la nacionalidad española por residencia.
¿El testigo puede ser un familiar?
Los testigos pueden ser familiares, personas allegadas o completos, desconocidos. En este sentido, la legislación no establece ningún tipo de limitaciones por cuestión de consanguineidad. A diferencia de otros documentos, el del acta matrimonial no pone cortapisas por esta cuestión. Por tanto, puedes aprovechar para que en este momento tan especial sea testigo alguien a quien tengas especial cariño. Además, cuando se trata de una boda ante notario, debes tener presente que los plazos se van a recortar.
Los testigos pueden ser dos o más, según la legislación. Y la ventaja es que, en principio, no hay ninguna limitación superior. Por lo tanto, y en el caso de que así lo desees, puedes hacer que sean más las personas que firmen el acta matrimonial. Esta es una buena manera de evitar agravios comparativos si tienes algún compromiso importante. Lo que sí que hay que señalar es que, por regla general, se opta por dos testigos, uno por contrayente.
Es fundamental mencionar que, de considerarlo necesario, el notario tiene potestad para solicitar más testigos. O requerir testigos no familiares en el caso de no tener claro si se trata de un matrimonio por conveniencia.
Sí, y lo ideal es que lo hagas antes de iniciar el expediente matrimonial. Cuando la boda es ante notario, este hará la gestión directamente, pero cuando te den día y hora deberías saber con quién quieres contar. Por lo general, es una persona allegada, pero recuerda que la ceremonia no es viable si estos no están presentes.
¿Qué pasos se deben dar para poder casarse ante notario en España?
El camino a seguir para contraer matrimonio ante notario en España es el siguiente:
En el siguiente enlace podrás encontrar los colegios notariales donde se podrá enviar la solicitud para la elección del notario que instruirá el expediente matrimonial. A continuación relacionamos algunos colegios donde podrás presentar la solicitud según corresponda.
Presentación del expediente matrimonial en Cataluña donde se especifica que para la designación del notario competente se debe remitir un formulario de solicitud, acompañando en independencia de la situación del solicitante:
- DNI
- pasaporte NIE
- Certificado empadronamiento del contrayente donde se va a efectuar la tramitación del expediente.
Se especifica, para los casos que el contrayente no posea nacionalidad, aportar un certificado emitido por la autoridad que corresponda al país de origen donde se acredite la vigencia del derecho extranjero aplicable con relación a la actitud y capacidad para contraer matrimonio, o un certificado de capacidad matrimonial expedido por las autoridades del país de origen.
Presentación del expediente matrimonial en Madrid donde se especifica vías de presentación.
La solicitud puede ser:
- La solicitud cumplimentada y firmada por ambos contrayentes.
- DNI, NIE o Pasaportes, por ambas caras y en vigor.
- Certificado de empadronamiento con antigüedad máxima de 3 meses
Presencialmente en el Colegio Notarial
Calle Ruiz de Alarcón 3, en horario de 9 a 13.30, trayendo fotocopias de los DNI, NIE o Pasaportes de ambos contrayentes y fotocopia del certificado de empadronamiento con antigüedad máxima de 3 meses.