Casarse ante notario: trámites, opciones y tiempos para organizarlo todo
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Te contamos el procedimiento, los documentos necesarios y todo lo que necesitas saber respecto al trámite que supone casarse ante notario.
Muchas parejas deseaban casarse en el Registro Civil. Sin embargo, muchas veces la burocracia lo hacía sumamente complicado y las listas de espera para intentar pedir cita con el Registro Civil a fin de iniciar el expediente matrimonial, eran interminables.
En la actualidad todo es más sencillo y casarse ante notario se ha convertido en una de las opciones más demandadas. Te contamos todos los detalles.

Casarse ante notario en España. Guía Completa
¿Sabes que ya es posible contraer matrimonio ante notario en España directamente sin tener que acudir al Registro Civil? De ahora en adelante, un procedimiento mucho más rápido que antes tardaba alrededor de 6 meses.
¿Cómo contraer matrimonio en España ante notario? ¿Qué requisitos debo cumplir?
Hoy desde Hernández Castillo Abogados, hemos elaborado una Guía Completa por la que conocerás como casarse ante notario en España.
Índice de contenidos
De nuestro post, Casarse ante notario. Guía Completa, lo más importante:
A partir del 30 de abril del presente año será posible casarse ante notario directamente.
Se necesitará, para poder iniciar el expediente matrimonial una solicitud ante el Colegio de Notarios quien asignará el notario que corresponda según el empadronamiento de alguno de los contrayentes, pero después de emitido el certificado de capacidad matrimonial, los contrayentes pueden elegir el notario que más les sea factible.
Para poder contraer matrimonio es importante aportar una serie de documentos, pues de no cumplir con los mismos, el trámite puede ser denegado.
Si uno de los cónyuges no es ciudadano español, es importante conocer que luego de procederse a la inscripción de ese matrimonio en el Registro Civil correspondiente, y siempre que se cumplan los requisitos y la documentación establecida por la ley, es posible optar por una residencia legal en España en los términos establecidos y posteriormente al año de residencia legal y continuada en España y, siempre que concurran el resto de los requisitos, puede solicitar la nacionalidad española por residencia.

Residencia de Familiar Comunitario por ser cónyuge de ciudadano español
Si se es cónyuge de ciudadano español se podrá aplicar a una residencia denominada Residencia de Familiar Comunitario, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para este tipo de residencia, así como la documentación establecida.
Con esta residencia el cónyuge de ciudadano español podrá adquirir una residencia legal en España que le permitirá trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia por un término de 5 años, pudiendo renovar la misma en los términos establecidos en la Ley.
Es importante señalar que también a esta residencia aplicarán el resto de los ciudadanos de la UE, es decir, si el cónyuge tiene otra ciudadanía que no sea la española pero que pertenezca al bloque comunitario, podrá el otro cónyuge extracomunitario solicitar este tipo de residencia.

¿El testigo puede ser un familiar?
Los testigos pueden ser familiares, personas allegadas o completos, desconocidos. En este sentido, la legislación no establece ningún tipo de limitaciones por cuestión de consanguineidad. A diferencia de otros documentos, el del acta matrimonial no pone cortapisas por esta cuestión. Por tanto, puedes aprovechar para que en este momento tan especial sea testigo alguien a quien tengas especial cariño. Además, cuando se trata de una boda ante notario, debes tener presente que los plazos se van a recortar.
Los testigos pueden ser dos o más, según la legislación. Y la ventaja es que, en principio, no hay ninguna limitación superior. Por lo tanto, y en el caso de que así lo desees, puedes hacer que sean más las personas que firmen el acta matrimonial. Esta es una buena manera de evitar agravios comparativos si tienes algún compromiso importante. Lo que sí que hay que señalar es que, por regla general, se opta por dos testigos, uno por contrayente.
Es fundamental mencionar que, de considerarlo necesario, el notario tiene potestad para solicitar más testigos. O requerir testigos no familiares en el caso de no tener claro si se trata de un matrimonio por conveniencia.
Sí, y lo ideal es que lo hagas antes de iniciar el expediente matrimonial. Cuando la boda es ante notario, este hará la gestión directamente, pero cuando te den día y hora deberías saber con quién quieres contar. Por lo general, es una persona allegada, pero recuerda que la ceremonia no es viable si estos no están presentes.
