De nuestro post, Casarse ante notario. Guía Completa, lo más importante:
A partir del 30 de abril del presente año será posible casarse ante notario directamente.
Se necesitará, para poder iniciar el expediente matrimonial una solicitud ante el Colegio de Notarios quien asignará el notario que corresponda según el empadronamiento de alguno de los contrayentes, pero después de emitido el certificado de capacidad matrimonial, los contrayentes pueden elegir el notario que más les sea factible.
Para poder contraer matrimonio es importante aportar una serie de documentos, pues de no cumplir con los mismos, el trámite puede ser denegado.
Si uno de los cónyuges no es ciudadano español, es importante conocer que luego de procederse a la inscripción de ese matrimonio en el Registro Civil correspondiente, y siempre que se cumplan los requisitos y la documentación establecida por la ley, es posible optar por una residencia legal en España en los términos establecidos y posteriormente al año de residencia legal y continuada en España y, siempre que concurran el resto de los requisitos, puede solicitar la nacionalidad española por residencia.
¿Cómo obtener residencia en España si he contraído matrimonio con cónyuge español?
El cónyuge extranjero podrá tramitar la residencia de familiar comunitario o residencia por Arraigo Familiar según sea el caso.
Tal y como ya explicábamos en nuestro artículo Nacionalidad Española con ciudadano español, ¿ Es posible? y ¿ Cómo obtener la Residencia por ser cónyuge de ciudadano español? con independencia del status legal del cónyuge extranjero y una vez que ya existe un matrimonio celebrado ante notario, con el acta autorizada o la escritura pública y con la certificación literal de matrimonio, se podrá solicitar las residencias que explicamos a continuación.
¿Qué es el expediente matrimonial?
En España, para contraer matrimonio es obligatorio que la pareja se encargue de tramitar el llamado expediente matrimonial. Este documento tiene como principal objetivo comprobar que los futuros cónyuges cumplen con los requerimientos que se encuentran establecidos en la ley.
- Estar ya casado.
- Ser menor de edad no emancipado, entre otros impedimentos establecidos en la ley.
La pareja puede tramitar el expediente matrimonial ante el Registro Civil o ante el Notario.
Ventajas de tramitar el expediente matrimonial ante el Notario
Una vez que la pareja obtenga su expediente matrimonial podrá casarse.
Requisitos para tramitar el expediente matrimonial en la Notaría
- Petición de la solicitud. Este debe encontrarse firmado por ambos contrayentes.
- Contar con el pasaporte, DNI o el NIE (Tarjeta de Identidad de Extranjeros) de la pareja y los testigos.
- Disponer del certificado literal de nacimiento de ambos contrayentes.
- Tener el certificado de empadronamiento de los contrayentes.
Si alguno de los contrayentes es extranjero debe aportar además el certificado sobre la necesidad de publicación de edictos. Este requerimiento puede ser solicitado ante el Consulado de su país en España y la misma debe encontrarse apostillada o legalizada si es el caso. Además, debe encontrarse traducida por un traductor autorizado.
Procedimiento para realizar el trámite en la notaría
- El DNI o el pasaporte.
- El certificado de empadronamiento.
- La partida de nacimiento de ambos cónyuges.
Seguidamente, el notario que les fue asignado los llamará o si lo prefieren la pareja pueden llamar a la Notaría para obtener la cita y así llevar los documentos para comenzar con el trámite.
La cita, el día clave
El día de la cita los contrayentes deben acudir a la Notaría correspondiente con sus testigos, los documentos de identidad y los otros que se mencionaron anteriormente.